FESOFI 3259
A partir del 1 de Enero de 1993, la supresión de las formalidades fronterizas relativas al comercio y al libre tránsito de personas será una realidad. El mercado interior comunitario, que el Acta Única Europea preconiza e impone, se define como un espacio sin fronteras interiores, en el que la circulación de mercancías, de personas, de servicios y de capitales se realizará libremente y sin obstáculos. El Mercado Único afecta a un espacio geográfico-económico que alcanza casi trescientos cincuenta millones de consumidores e implica que las personas y los bienes, dentro de la CE, gocen de la misma libertad que en los mercados nacionales; en castellano llano se dirá supresión de tasas, arbitrios y consumos. Este requerirá ayudas a las zonas más deprimidas para favorecer la formación profesional, el aumento del empleo y una mayor competitividad de las empresas. La Comunidad Europea, con más de una quinta parte del comercio mundial, contará en plazo breve con un potencial económico, suma del de las naciones que la componen que será plena realidad cuando se haya llegado a la unión económica y monetaria. El sello que se pone en circulación con este motivo, reproduce el casco alado del Mercurio romano dios del comercio, heredero del Hermes griego y las doce estrellas que representan cada una a cada uno de los países que forman la Comunidad.
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