FESOFI 2905
De todas las Constituciones españolas, ninguna, sin lugar a dudas, tiene tantas remembranzas como la promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812. El Estatuto de Bayona y el Decreto de Chamartín, en modo alguno han sido considerados por los españoles como propios, al ser de imposición extranjera. Las vicisitudes, que atravesaba entonces España, hizo que, estando la Familia Real secuestrada por el poderío napoleónico, la Constitución naciese del pueblo buscando la adecuación a las necesidades de los tiempos nuevos. Las Cortes, reunidas en 1810 en la Isla de León, se propusieron elaborar un texto constitucional apoyado por vez primera, en la vida española, en los principios de soberanía nacional y en la división de poderes, ambos expuestos en el discurso inaugural por Muñoz Torrero como representante de Extremadura. Su carácter liberal, llevó en épocas de absolutismo a suspirar por ella a las clases populares. Sintonizando con ella, el golpe de Riesgo en las Cabezas de San Juan y el de los sargentos de La Granja, obligan a su restablecimiento. Cuatro sellos en hoja bloque reproducen «La Promulgación de la Constitución de 1812′; cuadro pintado por Salvador Viniegra y expuesto en el Museo Histórico Municipal de Cádiz. En uno de los sellos va el logotipo del 175 Aniversario de la Constitución y debajo, «175 Aniversario/Constitución de 1812.
Año de Emisión | 1987 |
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Fecha De Emisión | 14 marzo 1987 |
Número Fesofi | 2905 |
Número EDIFIL | 2889 |
Título Serie | 175 ª Constitución de Cadiz |
Motivo Sello | Tira de Cuatro: Promulgación de las cortes de Cádiz, óleo de Salvador Viniegra |
Facial | 25 pta |
Formato | 33,2 x 53,2 mm |
Color | multicolor |
Dentado | 13 3/4 |
Impresión | Huecograbado |
Imprenta | Fábrica Nacional de Moneda y Timbre |
Papel | Papel fosforescente |
Tirada | 3.000.000 |
Tipo De Correo | Correo ordinario |
Validez Postal | indefinida |
Valores De La Serie | 4 |